lunes, 20 de julio de 2015

Modificación legislativa para conservar nuestros ríos

Os traemos hoy a nuestro blog una entrada con la información relativa al Proyecto de Real Decreto de la modificación del Reglamento del Dominio Público Hidráulico aprobado por Real Decreto 849/1986 de 11 de abril en materia de gestión de riesgos de inundación, caudales ecológicos, reservas hidrológicas y vertidos de aguas residuales, cuyo plazo de exposición de consulta pública finaliza el 16 de agosto.

Esta modificación pretende mejorar la legislación de los planes hidrológicos, de los cuales nos encontramos en el segundo ciclo de planificación de acuerdo a la legislación vigente (Directiva Marco del Agua CE/2000/60). 

Os animamos desde aquí a que hagáis alegaciones, comentarios o aportaciones que consideréis oportunas para mejorar y enriquecer el documento antes de que sea definitivo. Los cuatro aspectos son fundamentales para ir avanzando en la conservación de nuestras masas de agua.

Respecto a la reforma os destacamos, por la relación más directa con nuestro blog la revisión que se establece relativa a las reservas hidrológicas. En efecto en la modificación que sale ahora se dispone el régimen jurídico de estas figuras de protección definiendo la diferente tipología así como el régimen de protección, sus medidas de gestión y se especifica el Catálogo Nacional de Reservas Hidrológicas. Por ello vuestras observaciones pueden resultar fundamentales para mejorar y perfeccionar, si cabe, el texto que sale ahora a exposición pública. Entre todos será mejor. Pero no olvidéis los otros aspectos de caudales ecológicos, vertidos e inundaciones que también se someten ahora a exposición pública en esta modificación.

Por otro lado, señalar que si estáis pensando en realizar actividades o acciones de voluntariado fluvial, tened en cuenta también las reservas fluviales y la importancia de los elementos hidromorfológicos que presentan la mayor parte de ellas, (por lo menos las catalogadas en la cuenca del Duero), más allá de los meramente aspectos biológicos que sólo secundariamente se suelen considerar en proyectos ambientales riparios en general.

Las aportaciones y alegaciones las podéis hacer llegar a la siguiente dirección de correo electrónico:

buzon-dphdga@magrama.es

Si señaláis en el asunto "Observaciones Real Decreto modificación Reglamento del DPH", mejor.

Os adjuntamos además el enlace donde podéis descargar el pdf directo del documento:

http://www.magrama.gob.es/es/agua/participacion-publica/150715_borradorrdphcnaconsultapublica_tcm7-389091.pdf









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